Brasil regula la extracción de arena y el aprovechamiento de sedimentos en el Lago Guaíba
2026-05-28 09:08
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es.wedoany.com Noticia: El gobierno del estado de Rio Grande do Sul, Brasil, firmó el 25 de mayo dos decretos que ponen fin a más de 20 años de restricciones judiciales y ambientales, reanudando la actividad de extracción de arena en el Lago Guaíba, en la capital estatal, Porto Alegre, y permitiendo el aprovechamiento comercial de los sedimentos resultantes del dragado de los cursos fluviales del estado. La ceremonia de firma tuvo lugar en el Palacio Piratini, con la presencia del gobernador Eduardo Leite, el vicegobernador Gabriel Souza y otros funcionarios.

Ceremonia de firma de los decretos en el Palacio Piratini

El Decreto Nº 597/2026, emitido por la Fundación Estatal de Protección Ambiental, aprueba el plan de zonificación ambiental para el área minera del Lago Guaíba, delimitando una zona explotable de aproximadamente 20.510 hectáreas, lo que representa el 4% de la superficie total del lago, concentrada principalmente cerca de Barra do Ribeiro. El espejo de agua del lago tiene una superficie de unos 496 km² y una profundidad media de aproximadamente 2 metros. Antes de la implementación del plan de zonificación, la Fundación Estatal de Protección Ambiental no podía emitir licencias mineras debido a restricciones judiciales. El nuevo plan de zonificación se elaboró a partir de estudios integrales basados en la hidrodinámica, la sensibilidad ambiental, los usos múltiples del lago y los posibles impactos de la minería. El decreto no autoriza automáticamente la extracción; los titulares de derechos mineros deben solicitar individualmente a la Fundación Estatal de Protección Ambiental las licencias previa y de instalación. Cada solicitud será evaluada en función de la ubicación específica, el impacto ambiental y el cumplimiento de la normativa ambiental.

El Decreto Nº 601/2026, firmado en la misma fecha, establece normas para el aprovechamiento comercial de los materiales procedentes del dragado de mantenimiento de los cursos fluviales del estado de Rio Grande do Sul. El sistema de vías navegables involucrado tiene una longitud total de aproximadamente 286 km, conectando Porto Alegre con el puerto de Rio Grande, pasando por la Laguna de los Patos, el Lago Guaíba, el Delta del Jacuí y las desembocaduras de los ríos Caí, Sinos y Gravataí. El aprovechamiento comercial de los materiales solo está permitido en áreas con derechos mineros vigentes otorgados por la Agencia Nacional de Minería de Brasil y requiere la licencia ambiental de la Fundación Estatal de Protección Ambiental. El decreto también exige la implementación de cercos electrónicos en las zonas de extracción, la instalación de sistemas de rastreo en las dragas de arena y que la descarga de materiales se realice únicamente a través de terminales fluviales de productos minerales autorizados.

Anteriormente, debido a las restricciones judiciales, la Fundación Estatal de Protección Ambiental estaba a la espera de que se completara el plan de zonificación para poder emitir licencias mineras. Durante la elaboración del plan de zonificación se evaluaron múltiples indicadores técnicos, incluyendo la toxicidad de los sedimentos, parámetros geofísicos y las condiciones del terreno para la explotación. El gobernador de Rio Grande do Sul, Eduardo Leite, declaró: "Este plan de zonificación se basa en estudios de biología, geofísica, toxicología e hidrodinámica". El presidente de la Fundación Estatal de Protección Ambiental de Rio Grande do Sul, Renato Chagas, afirmó que los dos decretos impulsan la normalización del proceso de concesión de licencias mineras y mejoran la capacidad de monitoreo y planificación territorial.

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