es.wedoany.com Noticia: El Ministerio de Minas y Energía (MME) de Brasil ha publicado los procedimientos estandarizados para la selección de áreas marítimas aptas para el desarrollo de proyectos de energía eólica marina. La propuesta está alineada con la Ley n.º 15.097/2025, la Resolución n.º 1/2026 del Consejo Nacional de Política Energética (CNPE) y otros documentos que orientan la planificación del uso del espacio marítimo.
El procedimiento, elaborado por la Empresa de Investigación Energética (EPE) bajo la coordinación del MME, guía un proceso estructurado en tres fases. La primera fase tiene como objetivo identificar áreas potenciales, aplicando criterios de exclusión legales y técnicos para delimitar áreas iniciales con menores conflictos y mayor viabilidad. La segunda fase es la definición de áreas de interés, que refina las áreas considerando la sensibilidad socioambiental y la compatibilidad con otros usos y actividades del espacio marítimo. La tercera fase es la priorización de áreas, que aplica un análisis multicriterio, incluyendo criterios técnicos, económicos, logísticos y socioambientales, para clasificar y ordenar las áreas.
Este método no predetermina las áreas que se ofrecerán; la decisión final recae en el organismo otorgante de concesiones, que debe considerar integralmente las políticas públicas vigentes, los objetivos de cada ronda de oferta y el contexto de desarrollo del sector. La propuesta incorpora en el análisis criterios legales, energéticos, económicos, ambientales y sociales, con el objetivo de identificar áreas aptas para la instalación de proyectos eólicos marinos, armonizando esta actividad con otros usos del entorno marino. La elaboración del documento se basa en el análisis de la normativa nacional, las experiencias de planificación espacial de Brasil y las prácticas adoptadas por países en diferentes etapas de desarrollo.
Este documento es el resultado de un proceso participativo que incorporó las contribuciones de organismos gubernamentales y sectores de la sociedad en el Grupo de Trabajo de Eólica Marina (Grupo de Trabalho de Eólicas Offshore), establecido por la Resolución n.º 18/2025 del CNPE, así como en la Consulta Pública n.º 191/2025. Las directrices previstas incluyen la flexibilidad de los criterios para adaptarse a la evolución del mercado y la ampliación de la base de información disponible, así como la previsión de mecanismos de participación institucional y social en el proceso de selección. El documento también señala que la definición de los bloques a ofrecer en el futuro debe considerar la coordinación con los procesos de planificación de la infraestructura necesaria para el desarrollo de los proyectos, incluyendo instalaciones portuarias, sistemas de transmisión eléctrica y otras estructuras de apoyo.










