El Ministerio para la Transición Ecológica de España planea endurecer las restricciones de construcción en zonas inundables
2026-07-16 16:11
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es.wedoany.com Noticia: El Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) planea presentar un proyecto de Real Decreto para endurecer las condiciones de construcción en las zonas de mayor riesgo de inundación. El proyecto surge tras la reflexión sobre las inundaciones en Valencia a finales de 2024, que causaron 230 muertos. El Ministerio ha abierto ahora un período de consulta pública, con el objetivo de limitar o incluso prohibir la construcción en zonas de alto riesgo.

Este decreto obligará a los ayuntamientos de municipios de alto riesgo a aprobar planes de adaptación al riesgo de inundación. Su disposición central es que los propietarios de inmuebles situados en la llanura de inundación deberán hacer constar esta circunstancia en el registro de la propiedad al realizar una compraventa. Esta obligación abarca las declaraciones de obra nueva, las operaciones de aportación de inmuebles y las actuaciones urbanísticas que impliquen una nueva ordenación del suelo. Fuentes del MITECO reconocen que este requisito "afectará" al precio de mercado de las parcelas o viviendas.

Según explican fuentes del Ministerio, tras el trámite de audiencia y el informe preceptivo del Consejo de Estado, la norma tiene como objetivo ser aprobada definitivamente por el Consejo de Ministros dentro de la presente legislatura. El preámbulo del proyecto señala que los daños causados en España por "una serie de tormentas en 2019, 2023, 2024, 2025 y 2026" son un ejemplo del aumento de los episodios de lluvias extremas. El texto subraya que "el ciclo hidrológico se está intensificando, volviéndose más inestable y extremo".

Desde 2015, España cuenta con una normativa que limita las edificaciones y actividades en zonas de alto riesgo. Esta revisión pretende reforzar dichas restricciones para hacer frente a la intensificación de los efectos del cambio climático. Los suelos inundables se dividen en dos categorías: una es la "zona de flujo preferente", el área con mayor probabilidad de subida del nivel del agua, donde el riesgo es del 1%, es decir, se prevé que se inunde una vez cada 100 años; la otra es el resto de la llanura de inundación, con una probabilidad menor.

Las restricciones se establecen según el tipo de suelo (rústico o ya urbanizado). En las zonas de flujo preferente de suelo rústico, el proyecto mantiene la obligación de no transformar estos suelos en suelo urbanizable, permitiendo únicamente la realización de medidas de protección frente a inundaciones. En los suelos urbanos ya edificados dentro de la zona de flujo preferente, se añade una "prohibición expresa", que incluye "no poder realizar nuevos usos residenciales", así como "la prohibición expresa de sótanos, semisótanos y cualquier edificación subterránea".

Para otras zonas de menor riesgo, también se endurecen los requisitos para nuevas construcciones. Por ejemplo, solo se permite construir edificios residenciales en suelo urbanizable "a un metro por encima del nivel de la inundación prevista", y "no se permiten sótanos, semisótanos ni ninguna edificación subterránea". El Ministerio explica que el objetivo es establecer un "margen de seguridad". Para las llanuras de inundación de suelo rústico con menor riesgo, se "prohíben nuevas construcciones, así como servicios básicos o infraestructuras, como hospitales, escuelas o centros de salud, residencias de mayores o personas con discapacidad, centros deportivos cubiertos, grandes superficies comerciales, campings, zonas de acampada, etc.".

El MITECO subraya que la memoria de las catástrofes es frágil. El proyecto aborda este problema otorgando rango legal a la creación del Catálogo Nacional de Inundaciones Históricas, que obliga a los ayuntamientos y administraciones afectadas a registrar los eventos significativos. El proyecto también insta a "desarrollar señalización específica en el entorno urbano que identifique los años de las inundaciones y los niveles de agua alcanzados en puntos clave", para realizar una "educación práctica sobre la percepción del riesgo".

El decreto obliga a los ayuntamientos a incorporar en la planificación urbana "los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, así como las limitaciones de uso derivadas de los mismos", que se actualizarán periódicamente con información sobre inundaciones y subida del nivel del mar. El proyecto añade que estas herramientas deberán "estar completadas en un plazo de cinco años desde la entrada en vigor de este Real Decreto". Además, los plenos municipales deberán aprobar "planes de adaptación al riesgo de inundación", que incluyan la identificación de zonas y edificaciones vulnerables, el análisis de la población afectada, las medidas de adaptación y los sistemas de alerta local, acompañados de una normativa específica sobre cómo actuar ante una inundación.

El proyecto reconoce que, a pesar de la normativa existente, "la ocupación del suelo para edificación en las zonas de flujo preferente de mayor riesgo sigue creciendo" en España. "Los desarrollos urbanísticos iniciados y diversas excepciones han provocado que el espacio edificado en zonas de riesgo continúe aumentando, incrementando la exposición y vulnerabilidad de la población y los bienes allí ubicados", justifica el proyecto para volver a endurecer la normativa.

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