En respuesta al impacto de la situación en Oriente Medio, el gobierno español ha implementado recientemente medidas socioeconómicas que abarcan el sector del transporte marítimo. El 20 de marzo de 2026, se aprobó el artículo 61 del Real Decreto-ley 7/2026, y el 21 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el plan de respuesta a la crisis de Oriente Medio. Esta disposición establece la provisión de ayuda para los servicios regulares de transporte marítimo de pasajeros o de pasajeros y carga rodada considerados de interés público dentro de la jurisdicción española, aplicable a rutas interinsulares dentro de jurisdicciones autónomas similares, así como a rutas marítimas costeras regulares bajo jurisdicción estatal.
Para los servicios regulares de transporte marítimo de pasajeros o de pasajeros y carga rodada en rutas de interés público, el gobierno ha implementado un sistema de ayuda directa. El monto de la ayuda se establece en 0,1375266 céntimos de euro por milla náutica navegada y por tonelada de arqueo bruto, calculado en base a los buques de pasajeros o de pasajeros y carga rodada que operan en cada ruta. Esta medida tiene como objetivo apoyar la operación de rutas marítimas de interés público y aliviar la presión económica causada por conflictos externos.
Las empresas reconocidas por la administración correspondiente como operadoras regulares en rutas de interés público pueden solicitar ser beneficiarias de la ayuda. El monto de la ayuda para cada buque se determinará en función de su arqueo bruto y del número de millas náuticas navegadas en el servicio regular. La distancia navegada de la ruta se calcula como la distancia entre el puerto de salida y el puerto de destino, o como la suma de las distancias entre los diferentes puertos intermedios incluidos en el itinerario del buque, excluyendo los tramos ya contabilizados en otras rutas.
Las solicitudes de ayuda deben presentarse a través de la plataforma electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible dentro de los tres meses posteriores al final del período trimestral de aplicación de la medida, el cual comienza a partir de la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley. Esta medida de ayuda tendrá una duración de tres meses, proporcionando apoyo a corto plazo a las rutas marítimas de interés público y promoviendo la estabilidad en la prestación de servicios de transporte.









